INTRODUCCIÓN
La violencia Laboral constituye una violación a los derechos humanos en el ámbito del trabajo; es a su vez una de las formas de abuso de poder que se ejerce en condiciones de desigualdad.
La dignidad humana debe ser protegida en las condiciones de trabajo; brindando garantías de un trato digno que contemple la promoción de la igualdad de trato y oportunidades entre varones y mujeres para alcanzar la plena vigencia del trabajo decente para todos/as.
Una persona víctima de maltrato en su lugar de trabajo se ve privado/a de ejercer los derechos y oportunidades que les corresponden a su condición de trabajador/a.
Esta violación a los derechos humanos al tarbajador/a, que habitualmente suele ser ejercida por medio del acoso moral, psicológico, sexual, y agresión física no solo atenta contra la integridad en el ámbito específico de desempeño, sino que tiene graves consecuencias para la salud psíquica y física, como también para sus ámbitos de pertenencia y entorno familiar.
Si bien las situaciones de violencia laboral tienen implicancia tanto para mujeres como para varones , algunas investigaciones realizadas , así como las estadísticas existentes , indican que con mayor frecuencia los casos atañen a las mujeres y, en tal sentido , se manifiesta ésta cómo una forma más de violencia de género siendo nuestro mayor enemigo, el silencio.
Cra. Carla Santibáñez
Secretaría de la Mujer y la Familia
Violencia física: Se entiende por violencia física toda conducta que directa o indirectamente, esté dirigido a ocasionar un daño o sufrimiento físico, incluyendo resultantes como la enfermedad orgánica transitoria o terminal, sobre el o la trabajador/a. Es un comportamiento cuya intencionalidad es dañar la salud física mediante empujones, golpes (palizas, patadas, bofetadas), mordiscos, pellizcos o similares.
Mobbing, acoso psicológico o acoso moral en el trabajo: Situación en el que una persona o grupo de personas ejercen un maltrato modal o verbal, alterno o continuado, recurrente y sostenido (de forma sistemática) en el ámbito laboral sobre un trabajador/a buscando con ello desestabilizarlo, aislarlo, destruir su reputación, deteriorar su autoestima, disminuir su capacidad laboral y así poder degradarlo y eliminarlo progresivamente del lugar que ocupa, aun al precio de su salud física o psíquica .
Esta violencia “sin marcas” se ejerce generalmente(no exclusivamente) a nivel comunicacional. Se trata de un recorrido persecutorio signado por la manipulación, el escamoteo de la información, la ausencia de respuestas, la utilización del doble sentido, el boicot y la difamación aprovechando a menudo situaciones organizacionales propicias.
Acoso Sexual: se define como todo acto sexual o tentativa de consumar un acto sexual, los comentarios y/o insinuaciones no deseadas, o las acciones para comercializar o utilizar de cualquier otro modo la sexualidad de una persona mediante coacción por otra persona.
La finalidad de ésta conducta no es principalmente la del goce sexual sino la de establecer y sellar el sometimiento íntimo de la víctima por parte de acosador. Se entiende por acoso sexual todo “comportamiento de naturaleza sexual y connotaciones sexistas, no deseado por la víctima, que afecta la dignidad de la mujer y del hombre que resultase una amenaza de la posición laboral.”
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